Una socia de EKA/ACUV residente en una casa de dos plantas en Vitoria-Gasteiz pagó 1.310 euros a una empresa por la reforma del baño: cambio de inodoro, ducha y lavabo. Recién concluida la obra, aparecieron manchas de humedad en el techo del garaje, situado en la planta baja, justo debajo del baño reformado. La consumidora reclamó a la empresa, Artecasa, que revisara su trabajo y reparara la avería, pero ésta se negó a admitir su evidente responsabilidad. Nuestra socia insistió varias veces en la reclamación, con el apoyo ya de EKA/ACUV y de la OMIC de Vitoria-Gasteiz. Pero ni aún así Artecasa cejó en su negativa. Así que la dueña de la casa se vio obligada a contratar a otra empresa para que reparara la fuga de agua que había dejado la primera reforma, trabajo por el cual pagó 1.738 euros. La consumidora, EKA/OCUV y la OMIC siguieron tratando de que la primera empresa reconociera su responsabilidad y, hecha y pagada ya la segunda reparación, abonara a la dueña de la casa el precio de la misma. Sólo cedió Artecasa cuando fue advertida de que iba a ser demandada judicialmente, llevada a un juicio que sin duda iba a perder y cuyo resultado más probable sería una condena a indemnizar a su clienta con una suma aún mayor. Y entonces, sí, entonces reconoció su culpa, transcurridos ya dos años desde la reforma del baño, y abonó a nuestra socia, en dos plazos, los citados 1.738 euros que costó la segunda reparación.
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