EL TJUE DICTAMINA QUE ES ILEGAL COMERCIALIZAR TARJETAS SIM CON SERVICIOS DE PAGO PREINSTALADOS

El pasado 13 de septiembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que la comercialización de tarjetas SIM con servicios de pago preinstalados y preactivados es una práctica ilegal cuando el consumidor no ha sido informado previamente de ello. Se trata, dice el TJUE, de un “suministro no solicitado”, que puede ser sancionado por una autoridad nacional diferente a la establecida por la legislación de la Unión Europea en el sector de las comunicaciones electrónicas.

El Tribunal de Luxemburgo ha resuelto de esta manera la cuestión que le envió la Justicia italiana después de que el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Lacio anulase sendas multas que habían sido impuestas a las empresas Wind Telecomunicazione (ahora Wind Tre) y Vodafone Omnitel por haber realizado esta práctica comercial agresiva y desleal. Las sanciones se las impuso la Autoridad de Defensa de la Competencia de Italia por haber comercializado tarjetas SIM en las cuales se habían preinstalado y preactivado servicios de navegación por Internet y de contestador cuyos gastos eran luego facturados al usuario si éste no había solicitado expresamente su desactivación.

La resolución del TJUE subraya que la solicitud de un servicio que tiene un coste debe ser una elección libre del consumidor y que para ello es preciso que el mismo haya sido convenientemente informado sobre dicho servicio y todas sus características y condiciones.

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