En la sentencia pronunciada el pasado 16 de febrero, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao condenó a EasyJet Airlines a indemnizar con 798,66 euros a una pasajera, socia de EKA/ACUV, por los problemas y gastos que le ocasionó la cancelación de un vuelo Loiu-Stansted (Bilbao-Londres) que la compañía aérea no pudo justificar como por razón de fuerza mayor. La indemnización se desglosa en 250 euros como indemnización automática por la cancelación, 187,66 euros por la compra de un billete alternativo, 261 euros por la pérdida de tres noches de hotel y 100 euros por daño moral por la pérdida de tres días de vacaciones.
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