Desguaces La Cabaña acepta a regañadientes el derecho de desistimiento de una clienta ante la tesitura de tener que devolver el doble o más

La socia de EKA/ACUV A.E.O. contrató telefónicamente con Desguaces La Cabaña la compra y el envío a su domicilio, por un total de 60 euros, de un intermitente interior para su coche, un Kia Sportage. Pero lo que le llegó fue un piloto exterior. Llamó a la empresa, esta le dijo que al ser el intermitente interior una pieza “poco común” debería esperar “unos días” y A.E.O. aceptó.

Pasado un “tiempo prudencial” sin que llegara la pieza correcta, según explica la abogada de EKA/ACUV que asistió a nuestra socia en este asunto, A.E.O. llamó de nuevo a Desguaces La Cabaña y pidió la anulación del contrato: la devolución del dinero y la recogida de la pieza equivocada. La Cabaña le contestó que su “política de empresa” no contempla la devolución de importes pagados por los clientes y le ofreció un vale de 60 euros (y la recogida de la pieza). A.E.O. rechazó el vale, porque veía muy improbable que fuera a comprar cualquier otra cosa a dicho desguace, y acudió en busca de ayuda a la oficina de EKA/ACUV en Vitoria-Gasteiz.

Esta asociación insistió ante la empresa, telefónicamente y por escrito, en la petición de anulación de contrato, aludiendo al derecho de desistimiento de los consumidores en la compra o contratación a distancia (por teléfono, por Internet, a domicilio…). Habían pasado más de los 14 días naturales que establece la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) para que el consumidor pueda ejercer ese derecho, pero ese plazo se amplía a un año (a partir del día 14 desde la contratación) cuando, como ocurrió en este caso, el vendedor no informa al comprador sobre dicho derecho.

La empresa, que según la abogada de EKA/ACUV ni siquiera sabe (o eso da a entender) de la existencia del derecho de desistimiento en la venta a distancia, sigue negándose a la devolución; hasta que nuestra compañera le explica que, tal como dicta la LGDCU, si se cumple el plazo (en este caso 14 días desde la recepción del producto más un año) sin que el vendedor haya procedido a deshacer el contrato y haya devuelto el dinero, el comprador podrá exigirle el doble de la cantidad pagada y, según el caso, una indemnización por daños y perjuicios. Advertida de que eso es lo que ocurrirá si persiste en su negativa, la empresa Desguaces La Cabaña decide por fin devolver a nuestra socia los 60 euros y llevarse la pieza equivocada que le envió.