-La publicidad es vinculante. Conserva el folleto o el anuncio del producto que compres o del servicio que contrates porque puede servirte como prueba en una reclamación por el incumplimiento de lo publicitado.
-El ticket o la factura de compra son indispensables para poder reclamar. Con el tiempo, estos documentos se degradan, se borran, se pierden… Hazles fotos, fotocopias, plastifícalos, súbelos a páginas web de registro gratuito de documentos de garantías…
-Aunque la culpa de un defecto o de una avería en un producto sea del fabricante, el responsable ante el consumidor es el vendedor y es este quien debe atender la reclamación.
-Todos los comercios y las empresas están obligados a tener hojas de reclamaciones a disposición de las personas consumidoras.
-Las hojas de reclamaciones tienen tres copias autocalcables: la blanca es para la Administración; la rosa es para el comercio o la empresa; y la verde se la queda el consumidor reclamante.
-En la hoja de reclamación, detalla el hecho que motiva la queja y lo que solicitas: reparación, cambio, devolución, indemnización…
-Cuando hacemos una reclamación por teléfono, por correo electrónico o por Internet, deben darnos una clave identificativa de la misma.
-Los problemas o los fraudes en el comercio online pueden denunciarse en los juzgados correspondientes al domicilio de la persona consumidora.
-El juicio verbal hasta 2.000 euros de reclamación de indemnización es sencillo, rápido y gratis para el demandante.
-El sufrimiento padecido por la persona consumidora y los gastos que haya debido hacer en el proceso de reclamación (llamadas, fotocopias, desplazamientos…) pueden evaluarse y ser indemnizados si se solicitan y se demuestran.
-Cuidado con las compras y los alquileres entre particulares, porque no están protegidos por las leyes de defensa de las personas consumidoras.