MOVISTAR VIVE26: SIN PERMANENCIA, PERO SI DEJAS LA COMPAÑÍA PAGAS ENTERO EL ÚLTIMO MES AUNQUE SOLO CONSUMAS PARTE

El sector de las telecomunicaciones (telefonía+Internet) es, con mucha diferencia, el que más reclamaciones de consumo genera en el Estado español, llegando algunos años a acaparar hasta el 35% de todas las quejas de los consumidores en la CAV. ¿Por qué? En primer lugar, porque se trata de un servicio (teléfono fijo, móvil, Internet) que usamos prácticamente todos los ciudadanos; y además es un servicio caro, especialmente caro en el Estado español. En segundo lugar, porque no hay otra industria o sector del mercado, ni de lejos, que perpetre semejante cantidad de irregularidades y de prácticas abusivas hacia sus clientes. El “caso de éxito” de hoy es un simple botón de muestra, y lo protagoniza Movistar.

El socio de EKA/ACUV J.L.A. decide cambiar de compañía telefónica abandonando a Movistar, con quien tiene el contrato de tarifa Vive26, sin permanencia establecida y por el cual paga 26 euros al mes. Al recibir la última factura de Movistar, comprueba que le ha cobrado los acostumbrados 26 euros pese a que ese mes sólo ha estado con Movistar 15 días, tras irse con otra compañía.

J.L.A. reclama entonces a Movistar la devolución de la mitad de esa factura, o sea 13 euros. Y la compañía responde que no, porque en el punto 6 del contrato dice: “Terminada la prestación del Servicio, MOVISTAR facturará, en su caso, el importe correspondiente a la parte proporcional de la última cuota mensual en función de la fecha de efectividad de la baja del Servicio, salvo en el supuesto de baja definitiva como cliente de MOVISTAR, en cuyo caso se facturará el importe íntegro de la cuota mensual”.

Ah, ¿sí? ¿Y por qué? Porque a Movistar le da la gana, aunque sea obviamente ilegal cobrar por un servicio no prestado. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que “el consumidor podrá poner fin a un contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados”.

Al ser citada a un Arbitraje de Consumo, Movistar decide evitar la pertinente audiencia y devuelve a nuestro socio los 13 euros cobrados de forma ilegal.

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