Es hora de que pague la banca

http://www.noticiasdealava.com/2017/01/22/araba/cobros-por-numeros-rojos-es-hora-de-que-pague-la-banca

Reportaje publicado el 22-01-217 en el diario Noticias de Álava sobre el trabajo de EKA/ACUV en la “pelea” de los consumidores con la banca.

Hasta ahora, sólo los usuarios hipotecados cumplían con los plazos. Ahora, todos aquellos ciudadanos afectados por cláusulas consideradas abusivas tienen derecho a reclamar. A continuación, explicamos cómo.

Las últimas novedades judiciales, tanto en el ámbito de la Unión Europea como en el estatal, afectan a la práctica totalidad de los ciudadanos con una hipoteca a cuestas. Sin embargo, la complejidad de algunos de los conceptos legales que se manejan generan en muchos usuarios más dudas que certidumbres. De ahí que la Asociación de Personas Usuarias y Consumidoras Vasca, EKA/ACUV, esté recibiendo una media diaria de 40 consultas sobre estos asuntos. Iñaki Velasco, abogado de la agrupación, repasa los principales cambios registrados y ofrece una serie de pautas a seguir para lograr recuperar todo el dinero pagado de más a las entidades bancarias.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha abierto la caja de Pandora con su reciente sentencia favorable a la retroactividad total en la devolución de lo cobrado indebidamente por la banca en concepto de cláusulas suelo. “Ordena la devolución de todas las cantidades, no sólo desde el auto del Supremo de 2013, sino desde el principio de la vida de la hipoteca siempre que haya entrado en funcionamiento la cláusula suelo”, aclara Velasco.

Por tanto, lo primero que hay que averiguar es si nuestra hipoteca tiene cláusula suelo. En caso afirmativo, el experto aconseja presentar una reclamación al banco y, en el caso de que no sea atendida, presentar la demanda judicial pertinente. En cuanto a las posibilidades de que el banco acepte nuestra solicitud, Velasco reconoce que “es toda una incógnita”. Por la experiencia que vienen acumulando los asociados, la respuesta que están obteniendo resulta, cuando menos, dispar. “En algunos casos, en lugar del pago en metálico del importe, el banco está ofreciendo abonar las cantidades con productos financieros… Al final volvemos a lo mismo. Esto es tan sencillo como que el banco anule las cláusulas suelo y devuelva el dinero que ha cobrado de más con los intereses que devengan. Todo lo demás es tratar de salvar los muebles y que la gente no demande”, resume el letrado.

Dado que el proceso para establecer si la hipoteca tiene cláusula suelo y calcular la cuantía a reclamar puede ser farragoso, Velasco aconseja acudir a una asociación de consumidores. “Allí, sin necesidad de ser socio, vamos a comprobar si tiene cláusula suelo, si puede reclamar o o y vamos a ver de qué importes aproximados estamos hablando. A partir de ahí, si el usuario así lo decide presentar la reclamación pertinente a través de la asociación y, si no, seguir adelante con la demanda judicial”, detalla. Resulta complicado determinar qué porcentaje de los usuarios de hipotecas tienen cláusula suelo, ya que, según indica el experto “hay mucha gente que ni siquiera es consciente de que la tiene”, si bien apunta que en función de la entidad bancaria con la que se ha contratado el préstamo resulta más sencillo saber si se tiene o no”. En el caso de dejarse asesorar por una asociación de consumidores, sus expertos tramitarán el asunto “desde el principio hasta el final”. Bastará con que el usuario se haga socio de la agrupación para dejar todo el proceso en sus expertas manos.

La situación, no obstante, puede sufrir cambios inminentes si el Gobierno central pacta con el PSOE la solución para devolver el dinero cobrado indebidamente por las cláusulas suelo no transparentes. Las condiciones impuestas por los socialistas pasan por que el procedimiento sea extrajudicial, gratuito y de obligado cumplimiento para las entidades financieras. Es decir, que los bancos estarán obligados a notificar a todos los usuarios afectados por cláusulas de este tipo de que tienen derecho a reclamar.

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GASTOS HIPOTECARIOS. La segunda victoria de los usuarios, aún incompleta y pendiente de resolución judicial firme, llega de la mano del Tribunal Supremo y afecta a todos los hipotecados, ya que está relacionada con el pago de los gastos asociados a este tipo de préstamos. Lo que han establecido los magistrados es que el abono íntegro de determinados gastos por parte de los consumidores resulta abusivo.

Hablamos de los gastos de notaría, aranceles del registrador y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. “Los tres conceptos se pagan por el préstamo hipotecario, no por la escritura de compraventa, que mucha gente que no lo sabe”, precisa.

La noticia, positiva para los consumidores, abre no obstante dos grandes interrogantes. El primero sobre las cantidades. El Supremo habla de que estos gastos son abusivos, sí, pero ¿en qué medida? “Los bancos ya se ha apresurado a interpretar que lo que dice la sentencia es que son abusivos si se pagan en su totalidad, pero no si solo se paga una parte. Ahí tenemos la pelea de si se tiene que devolver todo o únicamente una parte”, puntualiza Velasco.

Por otro lado, el capítulo correspondiente al impuesto sobre actos jurídicos documentados alberga también otra controversia. “Hay juzgados que lo están concediendo y otros que no -explica el abogado-, porque el reglamento de Hacienda establece que el sujeto pasivo es el prestatario, lo que contradice lo que está diciendo el Supremo, es decir, que el sujeto pasivo sería la entidad financiera”.

Aunque el Supremo no se posiciona sobre este particular, EKA/ACUV está luchando por incluir dentro de esta lista de costes abusivos los gastos derivados de la gestoría y de tasación de la vivienda “siempre y cuando los haya impuesto la entidad financiera” a la hora de solicitar el préstamo hipotecario. “En este caso lo que tenemos que hacer es recopilar las facturas que tengamos de notaría, registro, impuesto y demás, y presentar una reclamación. Primero extrajudicial y, si no funciona, presentar una demanda judicial”, detalla. Para quienes se hayan echado las manos a la cabeza pensando en el paradero de todas esas facturas, el experto aporta un rayo de esperanza. “Suelen venir añadidas a la escritura”, tranquiliza.

El experto recomienda reclamar la devolución de los importes correspondientes a las cláusulas suelo cuanto antes, pero en el caso de solicitar exclusivamente la devolución de los gastos de gestión, asegura que por el momento no hace falta darse prisa. “No estaría de más esperar un poquito a ver si se clarifica todo. Aprovechar para ir preparando la documentación e ir haciéndose a la idea de que hay que reclamar”, señala.

Como es habitual en estas situaciones, surgen dudas en torno a los plazos. En principio, el abogado entiende que ante una nulidad de pleno derecho no debería caber prescripción alguna. “Entendemos -sostiene- que no debería aplicarse ningún plazo y que incluso hipotecas que ya han sido amortizadas pueden reclamarse”. En cuanto al tiempo que puede transcurrir desde que se presenta la demanda hasta que el magistrado resuelve, resulta complicado establecer una media. “Depende un poco del juzgado en el que te toque, si la entidad recurre o no recurre… No hay que olvidar que la mayoría de estas reclamaciones están por debajo de los 3.000 euros, con lo cual serían inapelables, con lo cual, en principio, el periodo de resolución debería de ser rápido”, indica.

El representante de la Asociación de Usuarios y Consumidores cree que la banca no va a dar su brazo a torcer y que sus departamentos legales van a presentar toda la pelea jurídica posible. “Van a aprovechar que, por ahora, existe una cierta indefinición de los juzgados con respecto a qué dar y cómo darlo. Al principio es muy probable que haya batalla, pero una vez que se clarifique la cosa será todo mucho más sencillo”, considera.

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Otra de las novedades dentro del capítulo de prácticas bancarias abusivas es la denominada “cláusula de vencimiento anticipado”. Un apartado bastante más complicado que afecta fundamentalmente a los impagos. “Hay determinados supuestos en los que se produce el vencimiento anticipado del préstamo antes de que concluya la vida de la hipoteca y el banco reclama el importe íntegro”, plantea el abogado. Sin embargo, advierte de que en este caso el terreno resulta más resbaladizo y que hay que estudiarlo “caso por caso”.

En relación con esta cláusula, el Supremo sostiene que su validez general no excluye la posibilidad de que sean consideradas abusivas, y por tanto invalidadas, atendiendo a las circunstancias del caso. Estima que la nulidad prevista por algunos contratos, al no superar los estándares exigibles, no permite al consumidor impedir que se le aplique mediante una conducta diligente de reparación, y explica que posibilita la resolución completa del préstamo por el incumplimiento de un solo plazo, aunque sea de manera parcial.

AL DETALLE

Cláusula suelo. La situación con respecto a esta cláusula está clara desde el punto de vista legal. Los usuarios afectados tienen derecho a recuperar todas las cantidades cobradas de más, más los intereses generados.

Gastos hipotecarios. Afectan al 100% de las hipotecas, pero el Supremo no ha precisado aún si se pueden reclamar todos los gastos o sólo una parte. Conviene ir reuniendo la documentación y disponerse a reclamar.

Vencimiento anticipado. La cláusula de vencimiento anticipado, que permite ejecutar el préstamo ante un impago, es abusiva. No obstante, los expertos advierten de que se trata de un capítulo complejo y recomiendan estudiar cada caso de forma particular.

LA FRASE

El abogado de la Asociación de Personas Usuarias y Consumidoras Vasca, EKA/ACUV, aconseja reclamar siempre. Primero a la entidad bancaria y, en caso de que no prospere, presentar una demanda judicial.

las claves

La sentencia de la Audiencia alavesa sobre los descubiertos afecta a las hipotecas

VITORIA – La Audiencia Provincial de Álava dio recientemente una alegría a los integrantes de EKA/ACUV en forma de sentencia. El fallo de la sala obliga a Kutxabank a dejar de cobrar y anule las comisiones por reclamación de posiciones deudoras, o lo que es lo mismo, los números rojos. Una situación que no sólo afecta al saldo del día a día y a los excesos con la tarjeta de crédito, sino que también está vinculado a los préstamos hipotecarios. “Los bancos nos cobran una comisión por el simple hecho de que se nos quede en números rojos o en descubierto una cuenta corriente o si hemos de afrontar el pago de un plazo del préstamo hipotecario. Es una cantidad que se devenga mensualmente y que oscila entre los 30 y los 80 euros, con lo cual al final esto supone muchísimo dinero”, explica el abogado de la agrupación, Iñaki Velasco. Los problemas a los que se enfrentan los consumidores son, por una parte, la falta de información y, por otra, la escasa cuantía a solicitar. “Mucha gente desconoce que esto está sucediendo y otra mucha no se anima a reclamar 30 euros”, aclara. El siguiente paso que ha dado EKA/ACUV para erradicar esta práctica que también tildan de abusiva, consiste en poner en marcha una acción de cesación. “Lo que conseguimos con ello es que se condene al banco a que cese en el cobro de esas comisiones para todos los clientes, no sólo para los que reclaman”, ilustra. La banca, por el momento, sigue sin eliminar esta comisión, ya que la resolución judicial no es aún firme, y ha anunciado que tiene la intención de recurrir la sentencia de la Audiencia alavesa ante el Supremo. Ahora queda esperar a ver si el Supremo la acepta y, en ese caso, aguardar a que resuelva, lo cual puede llegar a requerir de varios años.

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