EN CASO DE CANCELACIÓN LAS AEROLÍNEAS DEBEN DEVOLVER TAMBIÉN LA COMISIÓN DE INTERMEDIARIOS

El pasado 12 de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia que obliga a la compañías aéreas a devolver las comisiones cobradas por intermediarios en la venta de billetes para vuelos que resultan cancelados.

El TJUE recibió del Tribunal de lo Civil y lo Penal de Hamburgo la demanda de un particular que reclamaba a la aerolínea Vueling la devolución de los 1.108 euros que pagó en la web de reservas Opodo por varios billetes para un vuelo Hamburgo-Faro (Portugal) que fue cancelado. Vueling solo accedía a devolver los 1.031 euros que recibió de Opodo, que se quedó con una comisión de 77 euros. El TJUE sentenció que Vueling debía devolver al cliente también esos 77 euros.

La sentencia, que sienta jurisprudencia para toda la UE, especifica que en caso de cancelación la obligación de la devolución del precio total pagado por el viajero es tal cuando la aerolínea tiene conocimiento de la existencia de una comisión por parte de un intermediario que vende el billete.

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