CENTROS DE ESTÉTICA, CLÍNICAS DENTALES, ACADEMIAS, GIMNASIOS, PAGO MENSUAL O POR SERVICIO PRESTADO

Ante la excesiva frecuencia con la que centros de estética, clínicas dentales, academias de enseñanza, gimnasios… protagonizan cierres por sorpresa, con el consiguiente quebranto económico para sus clientes, que en la inmensa mayoría de los casos pagan los cursos o los tratamientos por adelantado o a plazos mediante préstamos bancarios, EKA/ACUV recomienda:

En primer lugar, tratar de asegurarse de que la empresa es fiable y solvente. Por ejemplo, consultado sus datos en el Registro Mercantil, en foros de consumidores en Internet, en páginas web que dan información sobre empresas, sus datos de registro, económicos, incidencias…

Respecto a la forma de pago, EKA/ACUV aconseja no pagar por adelantado ni suscribir préstamos para el pago a plazos, ni préstamos personales (los más arriesgados en estos casos) ni tampoco préstamos vinculados al consumo, que en teoría permiten al consumidor dejar de pagar los plazos pendientes en caso de que se suspenda el servicio al que están vinculados.

En academias de enseñanza y gimnasios, lo más prudente es el pago mensual y directo al centro, o en metálico o mediante un ingreso o transferencia bancaria. En centros de estética, clínicas dentales y similares, lo más sensato y lo más justo es el pago por servicio recibido (una sesión de depilación láser recibida, una sesión que se paga), sin adelantos de ninguna clase.

¿Qué pueden hacer los afectados por estos cierres sin previo aviso?

Los clientes que han pagado por adelantado y en metálico o mediante préstamos personales los tratamientos, sesiones o cursos en estos centros son los que quedan en peor situación. La única vía para tratar de recuperar su dinero pasa por presentar una demanda judicial contra el responsable de la empresa y confiar en que disponga de patrimonio para resarcirles si resulta condenado.

Los clientes que han suscrito préstamos vinculados al consumo para pagar a plazos deben dirigirse al banco con quien los contrataron y pedirle que cancele los plazos pendientes al suspenderse o desaparecer el servicio a cuya prestación están vinculados. En teoría, los bancos están obligados a ello. Pero en la práctica la mayoría suele oponer gran resistencia y es precisa una dura negociación e incluso una demanda judicial para que accedan a la quita de la deuda.

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